El Tribunal Supremo Refuerza la Proteccion de la Empresa Familiar en el Impuesto sobre Sucesiones

Una nueva doctrina facilita el relevo generacional y limita las interpretaciones restrictivas de la Administración Tributaria.

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    El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una importante doctrina que supone una excelente noticia para miles de empresas familiares en España. En varias sentencias que unifican criterio, el Alto Tribunal ha aclarado cuándo puede aplicarse la reducción fiscal prevista para la transmisión de empresas familiares en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, poniendo fin a años de inseguridad jurídica y criterios dispares mantenidos por distintas Administraciones Tributarias.

La trascendencia de estas resoluciones radica en que el Tribunal Supremo rechaza las interpretaciones excesivamente restrictivas que venía realizando la Administración, especialmente respecto a las sociedades dedicadas al arrendamiento de inmuebles.

¿Qué ocurría hasta ahora?

    Hasta la fecha era habitual que Hacienda negara la aplicación de la reducción fiscal alegando que la actividad económica desarrollada por la empresa no era "real" o que el trabajador contratado no justificaba suficientemente la existencia de una actividad económica.

En numerosas comprobaciones tributarias se analizaban cuestiones como:

  • la rentabilidad obtenida por la sociedad;
  • el volumen de trabajo del empleado;
  • si determinadas funciones estaban externalizadas;
  • o incluso el parentesco existente entre el trabajador y los propietarios.

Todo ello provocaba que muchas familias vieran rechazadas las importantes bonificaciones previstas legalmente, obligándolas a iniciar largos procedimientos administrativos y judiciales.

 

La doctrina del Tribunal Supremo

    El Tribunal Supremo pone fin a esta situación y establece un criterio claro.

La Sala considera que el requisito legal debe interpretarse conforme al tenor de la Ley, sin añadir exigencias que el legislador nunca ha previsto.

En consecuencia, cuando una empresa dedicada al arrendamiento de inmuebles dispone de al menos un trabajador contratado laboralmente a jornada completa, debe entenderse cumplido el requisito para considerar que existe una actividad económica a efectos fiscales.

Además, el Supremo aclara que:

  • no puede valorarse subjetivamente si ese trabajador tiene "demasiado" o "poco" trabajo;
  • tampoco puede cuestionarse la bonificación porque parte de la gestión esté externalizada;
  • ni puede negarse la reducción por el hecho de que el trabajador sea posteriormente el propio heredero.

La Administración Tributaria debe limitarse a comprobar si concurren los requisitos establecidos en la ley, sin imponer condiciones adicionales no previstas por el legislador.

 

Un importante avance para la seguridad jurídica

    Esta nueva doctrina tiene una enorme repercusión práctica.

Miles de familias poseen sociedades patrimoniales dedicadas al alquiler de inmuebles que forman parte de su patrimonio empresarial.

Hasta ahora existía una enorme incertidumbre sobre si podrían acogerse a las reducciones del Impuesto sobre Sucesiones.

Con esta jurisprudencia, el Tribunal Supremo aporta un criterio uniforme que:

  • incrementa la seguridad jurídica;
  • facilita la planificación sucesoria;
  • favorece la continuidad de la empresa familiar;
  • y evita que interpretaciones administrativas excesivamente restrictivas pongan en riesgo el relevo generacional.

 

La importancia de una correcta planificación sucesoria

    La transmisión de una empresa familiar constituye una de las operaciones patrimoniales más complejas desde el punto de vista jurídico y fiscal.

Una planificación adecuada puede suponer un ahorro muy importante en el Impuesto sobre Sucesiones y evitar futuros conflictos con la Administración Tributaria.

Por ello resulta esencial analizar previamente:

  • la estructura societaria;
  • el cumplimiento de los requisitos fiscales;
  • la situación laboral de la empresa;
  • la composición del patrimonio;
  • y la forma más eficiente de organizar la sucesión.
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Nuestro despacho puede ayudarle

    En nuestro despacho contamos con amplia experiencia en:

  • planificación sucesoria;
  • transmisión de empresas familiares;
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  • y defensa de los derechos de empresas y particulares.

Si desea conocer cómo puede beneficiarle esta nueva doctrina del Tribunal Supremo o necesita planificar la transmisión de su empresa familiar, estaremos encantados de estudiar su caso de forma personalizada.

 

Fernando Luna Hernández
Abogado

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