El Tribunal Supremo Rechaza Reconocer Sentencias Extranjeras que Validan Contratos de Gestacion Subrogada

En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha establecido que no reconocerá sentencias extranjeras que validen contratos de gestación subrogada y atribuyan la paternidad a los llamados

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El alto tribunal considera que estos acuerdos son contrarios al orden público español, ya que implican una explotación de la mujer y tratan a los niños como "simples mercancías".

Contexto de la Sentencia

    El caso en cuestión se originó a partir de una sentencia de un tribunal norteamericano que validó un contrato de gestación subrogada, atribuyendo la paternidad de los nacidos a los padres de intención. El Tribunal Supremo español ha rechazado reconocer esta sentencia extranjera, argumentando que:

    -Explotación de la mujer: La gestación subrogada implica utilizar el cuerpo de la mujer como un medio para un fin, lo que atenta contra su dignidad y derechos fundamentales.

    -Cosificación del menor: Tratar a los niños como objetos de un contrato mercantil vulnera su dignidad y derechos inherentes.

Implicaciones Legales

Esta decisión del Tribunal Supremo tiene importantes repercusiones en el ámbito de las obligaciones y contratos, especialmente en relación con:

  • Contratos internacionales: Se refuerza la postura de que no se reconocerán en España aquellos contratos o sentencias extranjeras que contravengan el orden público nacional.

  • Protección de derechos fundamentales: Se prioriza la defensa de la dignidad humana y los derechos de las mujeres y los menores frente a acuerdos contractuales que puedan vulnerarlos.

Nuestro Compromiso

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